Por diferentes motivos hay estadísticas que no te puedo aportar. En España, el tipo impositivo nominal de Sociedades en 2015 fue del 28% y este año del 25%. El tipo efectivo pagado por las multinacionales/grandes empresas fue del 7,5%. Similar al resto de países de la UE "normales" (Francia, Alemania, Reino Unido...)allonsanfan escribió:España es un paraíso fiscal para algunos, que se lo digan a los señores del Ibex-35. En España las grandes empresas pagan muchísimo menos que en Suecia, Alemania y un largo etcétera de países europeos.
No estoy de acuerdo. Las multinacionales no gozan de privilegios. Es más, la actual, para 2016, ley vigente del Impuesto Sobre Sociedades Ha eliminado la gran parte de bonificaciones que permitía a las grandes empresas pagar menos tipo efectivo. Lo que ocurre es que todos los sistemas tributarias de los países no son perfectos, chirrían y dejan islas entre ellos, y quien se puede aprovechar de esas islas o imperfecciones son quienes tienen medios para ello y les resulta relevante (a los curritos o pequeñas empresas, aunque les supusiera ahorro fiscal, los importes monetarios serían tan pequeños que no les saldría a cuenta con el incremento de costes que les supondría el aprovecharse de ellos). ¿Que se podría solucionar? Sí ¿Qué supondría? Que todos los países deberían renunciar a parte de su soberanía fiscal en busca de un bien común...keoma escribió:Yo lo que no veo para nada en vuestro interesante debate es la exculpación de España en que las multinacionales tengan privilegios que haces, juan_0316, ese argumento tuyo no me convence, las multinacionales disfrutan de privilegios porque se permite. Si las leyes de un país son estrictas pero no lo son para las multinacionales, yo me limpio el culo con esas leyes, así, hablando en plata, vamos.
Pero el problema no es de España o solo de España. Es transnacional.
Y recordando por última vez el tema de Messi, hay un principio fiscal mundial que es reconocido en TODAS las legislaciones tributarias. Donde uno reside paga por su renta mundial. Así se recoge en TODOS los Convenios de Doble Imposición Internacional, entre cualesquiera de dos países firmantes en su artículo 15, aunque resulte de difícil interpretación dada su redacción inspirada en Groucho Marx (ya que estamos en el foro que estamos)
